Las actas del organismo del Gobierno que autoriza las exportaciones de armas son secretas y no hay un protocolo para comprobar que los países receptores no las usan contra los derechos humanos. Las normas nacionales e internacionales son claras. El Tratado sobre el Comercio de Armas de la ONU, la Posición Común de la Unión Europea (2008) y la ley española de 2007 sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso indican que debe prohibirse la exportación cuan do existan indicios racionales de que se pueden emplear en..
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