sábado, 29 de diciembre de 2018

El testimonio de un menor de 14 años servirá para una condena sin tener que comparecer a juicio

La nueva ley "obliga a los jueces de instrucción a recurrir a la prueba preconstituida cuando el perjudicado tenga menos de 14 años. El juez o tribunal que se encargue después del juicio está obligado con carácter general a no llamar a los menores para que declaren en la vista salvo en situaciones excepcionales". La medida puede encaminarse a proteger al menor de los efectos que sobre él pueda tener verse expuesto a un procedimiento judicial tras situaciones traumática s como las de una agresión sexual, un intento de asesinato, maltrato o...

etiquetas: juicio, menor, condena, protección menores, leyes

noticia original (www.elespanol.com)